[1]
RAMOS GONZÁLEZ, S. y GILI SALDAÑA, M. 2015. El producto sanitario implantable que presenta un riesgo anormal de avería es defectuoso aunque no haya causado daño físico alguno y su fabricante es responsable de los perjuicios relacionados con la operación quirúrgica de sustitución del producto. Revista CESCO de Derecho de Consumo. 15 (nov. 2015), 193–200.