MARTINEZ ESPIN, P. (2024). La protección contra la insolvencia del organizador de viajes combinados también se extiende a los casos en los que el viajero ha cancelado el viaje, antes de que ocurra la insolvencia, debido a circunstancias inevitables y extraordinarias. Revista CESCO De Derecho De Consumo, (51), 118–131. https://doi.org/10.18239/RCDC_2024.51.3584