MARTINEZ ESPIN, P. La protección contra la insolvencia del organizador de viajes combinados también se extiende a los casos en los que el viajero ha cancelado el viaje, antes de que ocurra la insolvencia, debido a circunstancias inevitables y extraordinarias. Revista CESCO de Derecho de Consumo, [S. l.], n. 51, p. 118–131, 2024. DOI: 10.18239/RCDC_2024.51.3584. Disponível em: https://revista.uclm.es/index.php/cesco/article/view/3584. Acesso em: 21 nov. 2024.