[1]
I. R. STROIE, «El concepto de “publicidad”, abarca conforme a las Directivas 84/450 y 2006/114, el uso de un nombre de dominio y el de indicadores de hipertexto en los metadatos de un sitio de internet, pero no el registro, como tal, de un nombre de dominio», Revista CESCO, n.º 7, pp. 259–261, oct. 2013.