STROIE, IULIANA RALUCA. «Los Estados Miembros Tienen La Facultad De Prohibir Con carácter General El Cobro De Gastos Adicionales Por La utilización De Cualquier Instrumento De Pago, Pero La legislación española Permite Incentivar O Gravar La utilización De Algunos Medios De Pago». Revista CESCO de Derecho de Consumo, no. 10 (julio 30, 2014): 170–174. Accedido noviembre 22, 2024. https://revista.uclm.es/index.php/cesco/article/view/551.