La información sobre el derecho de resolución del contrato celebrado a distancia, ha de ser facilitada al consumidor por escrito o en otro soporte duradero, no sirve la remisión a un hipervínculo a un sitio de internet

Contenido principal del artículo

IULIANA RALUCA STROIE

Resumen

Nota a la STJUE (Sala Tercera) de 5 de julio de 2012, C 94/11

Detalles del artículo

Cómo citar
STROIE, I. R. (2012). La información sobre el derecho de resolución del contrato celebrado a distancia, ha de ser facilitada al consumidor por escrito o en otro soporte duradero, no sirve la remisión a un hipervínculo a un sitio de internet. Revista CESCO De Derecho De Consumo, (3), 148–149. Recuperado a partir de https://revista.uclm.es/index.php/cesco/article/view/102
Sección
Contratos a distancia: información en soporte duradero; derecho de resolución
Biografía del autor/a

IULIANA RALUCA STROIE, Universidad de Castilla-La Mancha

Investigadora del Centro de Estudios de Consumo