El plazo de garantía del bien vendido, ¿puede exceder de dos años por tratarse de un defecto grave que las reparaciones ocasionales no consiguen solucionar? Notas a la SAP Badajoz, de 6 febrero 2012

Autores/as

  • MANUEL JESUS MARIN LOPEZ Universidad de Castilla-La Mancha

Resumen

Nota a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz de 6 de febrero de 2012 (JUR 2012, 69463)

Biografía del autor/a

  • MANUEL JESUS MARIN LOPEZ, Universidad de Castilla-La Mancha

    Catedrático de Derecho Civil

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Publicado

2012-09-20

Número

Sección

Garantía en la venta de bienes muebles: plazo, reparaciones

Cómo citar

El plazo de garantía del bien vendido, ¿puede exceder de dos años por tratarse de un defecto grave que las reparaciones ocasionales no consiguen solucionar? Notas a la SAP Badajoz, de 6 febrero 2012. (2012). Revista CESCO De Derecho De Consumo, 3, 159-163. https://revista.uclm.es/index.php/cesco/article/view/114