El plazo de garantía del bien vendido, ¿puede exceder de dos años por tratarse de un defecto grave que las reparaciones ocasionales no consiguen solucionar? Notas a la SAP Badajoz, de 6 febrero 2012
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Resumen
Nota a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz de 6 de febrero de 2012 (JUR 2012, 69463)
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Cómo citar
MARIN LOPEZ, M. J. (2012). El plazo de garantía del bien vendido, ¿puede exceder de dos años por tratarse de un defecto grave que las reparaciones ocasionales no consiguen solucionar? Notas a la SAP Badajoz, de 6 febrero 2012. Revista CESCO De Derecho De Consumo, (3), 159–163. Recuperado a partir de https://revista.uclm.es/index.php/cesco/article/view/114
Sección
Garantía en la venta de bienes muebles: plazo, reparaciones
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