El concepto de «publicidad», abarca conforme a las Directivas 84/450 y 2006/114, el uso de un nombre de dominio y el de indicadores de hipertexto en los metadatos de un sitio de internet, pero no el registro, como tal, de un nombre de dominio
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Resumen
STJUE (Sala Tercera) de 11 de julio de 2013, asunto C‑657/11
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STROIE, I. R. (2013). El concepto de «publicidad», abarca conforme a las Directivas 84/450 y 2006/114, el uso de un nombre de dominio y el de indicadores de hipertexto en los metadatos de un sitio de internet, pero no el registro, como tal, de un nombre de dominio. Revista CESCO De Derecho De Consumo, (7), 259–261. Recuperado a partir de https://revista.uclm.es/index.php/cesco/article/view/371
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III. NOTICIAS DE JURISPRUDENCIA
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