Daño moral sufrido por los pasajeros del Costa Concordia por la angustiosa situación sufrida en el naufragio, distinto del daño moral consecuencia del daño corporal sufrido por algunos pasajeros: compatibilidad y prueba

Contenido principal del artículo

MARIA PILAR DOMINGUEZ MARTINEZ

Resumen

El Tribunal Supremo resuelve la cuantificación indemnizatoria por los daños físicos y psíquicos y los daños morales padecidos por 22 personas, pasajeros del buque “Costa Concordia”, que encalló en la noche del 13 de enero de 2012 frente a las costas de la Isla de Giglio en Italia. Esas personas son miembros, junto con otras, de la «Asociación de Afectados Españoles por el Costa Concordia 2012»  que interpuso demanda contra la compañía CostaCrociere, S.P.A. reclamando una indemnización concepto de daño moral para cada uno de los 22 pasajeros, “por la gravísima preocupación, zozobra, angustia y estrés que padecieron durante la noche del 13 enero de 2012”. Y además para 17 de los 22 pasajeros una indemnización por tratamiento médico prolongado, baja laboral y secuelas que resultaron justificadas por los partes médicos e informes periciales. 

Detalles del artículo

Cómo citar
DOMINGUEZ MARTINEZ, M. P. (2016). Daño moral sufrido por los pasajeros del Costa Concordia por la angustiosa situación sufrida en el naufragio, distinto del daño moral consecuencia del daño corporal sufrido por algunos pasajeros: compatibilidad y prueba. Revista CESCO De Derecho De Consumo, (17), 254–263. Recuperado a partir de https://revista.uclm.es/index.php/cesco/article/view/1052
Sección
Responsabilidad civil: daño moral a pasajeros de crucero Costa Concordia; responsabilidad médica (daño desproporcionado)