Nulidad parcial de la orden ministerial sobre transparencia bancaria
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Resumen
La AN ha anulado, en sentencia de fecha de 5 de marzo de 2013, el artículo de la Orden Ministerial de Economía de 2011 que otorgaba el control de legalidad a los notarios para denegar la autorización de préstamos hipotecarios cuando éstos incumplieran lo previsto en la legalidad vigente. Esta función vuelve a los Registros de la Propiedad. El fallo también anula el precepto que indica que la resolución por la que el notario deniegue la autorización del préstamo o la inscripción de alguna de las cláusulas del contrato deberá efectuarse mediante escrito motivado, ordenado en hechos y fundamentos de derecho. Dicha decisión era recurrible ante la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN).
La sentencia tiene su origen en un recurso del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, que solicitaba la nulidad de los apartados 3 y 4 del artículo 30 de la Orden del Ministerio de Economía EHA/2899/2011, de 28 de octubre.
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