Nuevas reglas para la utilización de las menciones “muy bajo en gluten” y “sin gluten” en el etiquetado y la publicidad de los alimentos

Autores/as

  • LUIS GONZÁLEZ VAQUÉ Ex-Consejero de la Dirección de Mercado Interior de la Comisión Europea

Resumen

Sin duda alguna, el Reglamento de ejecución (UE) nº 828/2014 de la Comisión regula una materia muy sensible pues afecta a los celíacos, que padecen una intolerancia permanente al gluten: se ha demostrado científicamente que el trigo (es decir, todas las especies Triticum, tales como el trigo duro, la espelta y el trigo khorasan), el centeno y la cebada contienen gluten y el gluten de estos cereales puede provocar efectos adversos para la salud en las personas intolerantes al gluten, que, por lo tanto, deben evitar consumirlo.

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Publicado

2015-04-14

Cómo citar

Nuevas reglas para la utilización de las menciones “muy bajo en gluten” y “sin gluten” en el etiquetado y la publicidad de los alimentos. (2015). Revista CESCO De Derecho De Consumo, 13, 155-166. https://revista.uclm.es/index.php/cesco/article/view/721