Póliza colectiva de seguro de accidentes. necesidad de aceptación de las clausulas limitativas de los derechos de los asegurados tanto por el tomador del seguro como por los asegurados
Resumen
Las cláusulas delimitadoras del riesgo con el objeto del contrato como las que delimitan los límites indemnizatorios y la cuantía asegurada que contradigan las condiciones particulares del contrato, se consideran limitativas de los derechos del asegurado. Tratándose de una póliza de seguro colectiva, no sólo el tomador del seguro, sino cada asegurado, deben tener conocimiento y aceptar especialmente las cláusulas limitativas de derechos.
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Publicado
2017-02-14
Número
Sección
Contrato de seguro: póliza colectiva
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Cómo citar
Póliza colectiva de seguro de accidentes. necesidad de aceptación de las clausulas limitativas de los derechos de los asegurados tanto por el tomador del seguro como por los asegurados. (2017). Revista CESCO De Derecho De Consumo, 20, 209-211. https://revista.uclm.es/index.php/cesco/article/view/1241